Por la presente se hace mención la siguientes cláusulas de acuerdo entre ambas personas presentes la señora Rubí Daniela Killer con documentación mencionada y constatado por esta escribanía, Alex Damián Martin con número de documentado mencionado y acreditados, hacen presencia para firmar las siguientes clausulas mencionada a la señorita presente. 1- Queda prohibido poner el nombre del mencionado en conocimiento a un medio de noticias u otras entidades donde puedan desacreditar la persona de señor presente. 2-Debera acompañar a su esposo en donde fuera. 3- Si es necesario la esposa deberá de llevar la parte financiera siempre y cuando el esposo este incapacitado de realizar ya sea por salud o por algún otra razón que lo impida. 4- Pasando 5 días desde que se lea el contrato deberá de

