En materia de derecho, derecho y gobierno, los escolásticos españoles del siglo xvi siguieron las directrices de santo tomás. El gentium estaba localizado.
Con ligeras variaciones dependiendo de los teóricos, entre el “naturale” y el “civile”.
La ley eterna sigue siendo el motor de las demás leyes que determinan su existencia.
Si la escolástica medieval se manifiesta en el estudio del derecho, lo mismo debe decirse del gobierno, que está sujeto al derecho. El poder está en la comunidad.
En sus actos, el gobernante está subordinado no sólo a la ley natural y divina, sino también a la ley positiva o humana y, por tanto, a la ley eterna. Suárez, que es la cumbre intelectual de este pensamiento humanista cristiano, afirma que el poder de hacer la ley pertenece a todos los hombres y no a un solo individuo. Su origen es la ley natural, de origen divino, pero la forma de gobierno depende de la libertad del hombre. A pesar de todo, su doctrina en este campo es limitada, porque, aunque es cierto que la comunidad de ciudadanos es libre, en el momento de la fundación del estado.
Elegir un régimen particular de gobierno no es menos cierto.
Una vez que este régimen esté en su lugar, ya no puede ser cambiado. Al delegar la soberanía, la comunidad entrega el poder, colocando a la persona elegida por encima del reino.
El absolutismo despótico de ciertos príncipes condujo a la aproximación teórica a la posibilidad de deposición e incluso muerte de aquellos que no buscaban en su gobierno el bien común por el cual habían sido elegidos. Después de Erasmus.
Ginés DE sepúlveda, medina y otros afirmaron que bajo ninguna circunstancia es aceptable la resistencia activa al tirano. Por otro lado, báñez, molina y, sobre todo, suárez y mariana los tratados DE la compañía DE jesús hacen prevalecer la idea DE deponer al tirano en caso DE mal gobierno. Sin embargo, hay diferencias entre ellos. Los tres primeros defienden la tesis de que si el tirano es un usurpador. Él puede ser asesinado por Autoriza la resistencia pasiva del pueblo. Marian es quien va más lejos y extiende la legalidad de la muerte del tirano, aunque sea legítima: "es saludable que los príncipes se convenzan de que si oprimen el reino, si se hacen intolerables por sus vicios y crímenes, pueden ser privados de la vida, no sólo por derecho, sino también con el aplauso y la gloria de las generaciones futuras".
Fue sin duda en la teoría del estado donde se introdujo el mayor número de innovaciones. Vitória, por ejemplo, consideraba que el estado no era una creación humana, sino algo que surge de la propia naturaleza. Todos los pueblos, por el mero hecho de serlo, están unidos entre sí por lazos de naturaleza común, como los que derivan de la pertenencia a la misma especie humana. La realidad última es la integración de todos estos pueblos no en un superestado cristiano, al estilo de la monarquía medieval de Dante, sino en una comunidad de pueblos de la tierra. Suárez va más allá. La participación de la voluntad humana se hace necesaria para integrar una comunidad y darle su forma concreta.
La realidad histórica — el imperialismo austriaco y aescubrimento ae amrica — obligó ala escuela de salamanca a definirse en cuestiones como la legalidad o ilegalidad de la guerra, el derecho de conquista o los derechos del emperador a una jurisdicción universal. En general, cualquier intervención de dominio está sujeta a condicionamientos muy fuertes. Tanto vitoria como sus seguidores mostraron su oposición a cualquier abuso de poder. Criticaron el derecho del emperador a apoderarse de la jurisdicción universal con el argumento de que el poder reside en la comunidad internacional, es decir, en la gran familia de los pueblos, y si no hay una elección expresa de éstos, mostrando su acuerdo, el emperador no puede usar la fuerza e imponerla. Algo similar sucedió con el derecho de conquista basado en el descubrimiento de territorios. Las comunidades políticas paganas tienen una personalidad jurídica nada menos que la de los pueblos cristianos. Los países conquistadores sólo pueden cumplir una misión de tutela y protección suficiente para poder desarrollar la predicación de los evangelios. La fe no puede ser impuesta por la fuerza. La intervención está permitida cuando hay violaciones graves y al mismo tiempo muy probadas de la ley natural. Sólo hay una manera de legitimar la conquista y es a posteriori, establecer un orden más humano entre los indios, luchar contra sus caciques que los explotan y proteger a los inocentes de las leyes bárbaras. Más importante es la defensa de los derechos del hombre que el fortalecimiento del estado. Parece que tanto vitoria como las casas, ambas dominicanas, previeron las consecuencias que el excesivo desarrollo de los poderes del estado traería al mundo moderno. Es en la defensa de los derechos humanos donde encontramos la modernidad de esta escuela y su aporte a la democracia, junto con el principio de soberanía popular matizada que encontramos en suárez.
En la españa del siglo xvi, incluso dentro de la misma orden dominicana, se alzaron voces contra las teorías formuladas por vitoria y las casas, que desembocaron en una viva lucha ideológica sobre la legalidad o no del derecho de conquista. Ginés DE sepúlveda es la más representativa de estas voces
Tiene razón y, siguiendo a aristóteles, afirma que existe una desigualdad natural entre hombres y pueblos, que legitima la intervención. Los pueblos cultos — como los españoles del siglo xvi — están obligados a desempeñar funciones paternalistas que no tienen en cuenta. Basado en SAN agustín, cree que aguomn
El resultado de esta polémica no podía ser más edificante: la elaboración de las leyes de indias, que vino a significar el triunfo de las tesis de vitoria y las casas, triunfo que se mitigó a la hora de ponerlas en práctica al chocar su espíritu con la codicia y el interés materialista de los encomenderos.
De esta manera, el proceso político-jurídico iniciado en el siglo xu por tomás de aquino y la escolástica llegó a su fin. Destruido el orden jerárquico, feudal y teocrático que desde el siglo xi trataba de promover la iglesia y el imperio, el primero trató de perpetuar su influencia en un orden político moderno en el que el cristiano no olvidaría su significado religioso. Los escolásticos españoles no hicieron más que actualizar, humanizar, las tesis tomistas. Las restricciones al poder absoluto de los monarcas, tan en boga en los siglos xvi y xvii, eran de hecho una defensa indirecta del régimen político “mixto” defendido por aquino, que finalmente se convirtió en el paradigma teórico de la democracia constitucional moderna y permitió a las democracias cristianas reclamar para el santo el patrocinio de los contemporáneo Estado de derecho.
I.
Las construcciones doctrinales de la filosofía liberal
La filosofía de los siglos xvii y xviii, con Descartes a la cabeza, había llevado a la ruptura entre los mundos natural y sobrenatural. El cartesiano “pienso, luego existo” significa el punto de partida de la nueva moral burguesa al descubrir el valor del “yo para mí “. Los actos que el hombre realiza encuentran su propia dimensión en el ser o en el marco natural que lo rodea. El hombre y la naturaleza son las dos grandes realidades existentes.
Todo esto llevará a un interés constante de los pensadores en el mundo natural y material en el que el hombre se desarrolla y la mejor manera de aprovecharlo para su disfrute. De Hobbes a bentham, pasando por filósofos como Locke, maupertius y helvacio, la tendencia general en el mundo de las ideas es la pérdida permanente de los valores morales típicos de la sociedad cristiana medieval. El ser humano del siglo xv rompió con los vínculos comunales, con la relación entre el hombre y dios que existía en la edad media, para encerrarse en su yo. Su nueva meta es la felicidad, pero no el más allá, sino la felicidad material, la de este mundo. El día que sus obras satisfagan sus pasiones. Como diría Thomas Hobbes: “la felicidad es un continuo progreso del deseo de un objeto a otro, donde la obtención del primero no es más que camino hacia el siguiente (.. J. La felicidad no es el resto de una mente satisfecha, sino que es una ambición continua, una posesión continua. Es un simple problema de cálculo: somos más felices en mayor cantidad cuando verifico la suma de los males, tenemos la mayor suma de bienes “, dice la filosofía francesa maupertius, afirmación que jeremías bentham transfirió al campo sociopolítico: “sumaremos por un lado la suma de los valores de todos los placeres, y por el otro la de todos los dolores. Si el resultado es favorable al placer, indicará la buena disposición del acto [, si se inclina del lado del dolor, señalará la mala disposición.
De esta manera, la naciente sociedad burguesa occidental se ajusta a su moral hedonista. Un ideal de máximo beneficio envuelve a este individuo burgués que acaba por relacionar el concepto de felicidad con el de riqueza y progreso. Esta nueva moral liberal es, sin duda, el principal factor de disolución de las fuerzas tradicionales permanentes defendidas por el antiguo régimen. La naturaleza ha sido el fulcro de esta forma de pensar. El ciudadano ha sustituido una hipotética felicidad ultra-terrestre por una realidad material de bienestar que está a su alcance.
Como era de esperar, la nueva moral burguesa afectaría al campo del derecho. Su interés en el naturalismo lleva a esta clase a mostrar su preferencia por la ley natural. Lo que el liberal-burgués busca, en colaboración con las doctrinas del derecho natural y del contrato, es la legitimación de un nuevo orden social, económico y político, con fundamentos metafísicos y no históricos, que se basa en la existencia de los derechos naturales del ser humano antes de cualquier desarrollo humano artificial.
Por un lado, buscaría defender la exigencia de considerar a la sociedad y al poder político como si se hubieran originado efectivamente a través de un contrato, lo que justificaría la excelencia de una vida social de hombres libres e iguales y basaría el poder en el consentimiento de los gobernados, posibilitando así la participación en la derogación de las leyes de las que serán destinatarios y la permanencia y vigencia del principio de soberanía popular. Por otra parte, se trataría de convertir los derechos naturales en derechos morales… Cuyo reconocimiento, respeto y garantía permiten una convivencia social justa y limitan y legitiman el poder político.
Así, el derecho natural se convierte en el arma de la burguesía contra el viejo régimen. Max weber señaló esto cuando dijo que «la invocación de la ley natural ha sido siempre el modo en que las clases que se rebelaban contra el orden existente legitimaron su deseo de creación legal cuando no se apoyaban en la tradición o en normas religiosas positivas». La escuela racionalista del derecho natural es, en este sentido, más filosófica que jurídica, buscando aprehender la verdad imponiendo categorías lógico-formales.
No hay duda de que la ley natural es uno de los pilares sobre los que se basan el proceso burgués y el liberalismo mismo. Pero esto, que es característico del mundo y De los países que giran alrededor de su órbita, no tiene la misma validez para los mundos alemán y anglosajón. Las razones diferenciales se encuentran en el diferente proceso histórico seguido por estos países. La francia de la primera mitad del siglo xix, heredera de los ideales revolucionarios de 1789, no lucha por su unidad, que adquirió hace muchos años, sino por su identidad política, para formalizar un régimen político de premisas más o menos liberales y democráticas. Por el contrario, el mundo alemán, imbuido de romanticismo, busca alcanzar su identidad nacional. En esta pretensión es necesario revivir ideales que sirven de vínculo de unión, como las tradiciones, las costumbres, el idioma o la historia. El espíritu, en resumen, lo que en alemán se conoce por el término voilkgeist. Esto lleva a los alemanes a una posición diferente sobre la ley que los franceses. Muestran una predilección por la escuela del derecho histórico que se opone a la posición histórica del derecho natural racionalista. Para los representantes de la ley natural, cada época produce arbitrariamente su propia existencia. El individuo tiene una razón de ser en sí mismo, independientemente de su momento histórico. Por el contrario, para la escuela del derecho histórico, la existencia del hombre no se concibe más que dentro de una totalidad superior, como la nación. La ley debe debe, por tanto, incluirse como una de stas manifestaciones del espíritu a las que antes hemos aludido. No son los individuos los autores del derecho, sino el espíritu del pueblo que vive y actúa en todos los miembros de la misma comunidad, advirtió Savigny.
En inglaterra, los caminos seguidos por el derecho no tienen nada que ver con los de francia o alemania. La razón se encuentra en el hecho de que la ley inglesa, debido al fracaso del absolutismo monárquico en una fecha temprana y el limitado alcance del racionalismo filosófico, carecía del espíritu renovador que la ley romana y el racionalismo codificador habían ejercido en otros países continentales. Hasta la llegada de jeremías bentham, el derecho inglés se caracterizaba por el conservadurismo y poco valor reformista. Fue la llegada de bentham y su obra lo que hizo posible una serie de reformas legislativas y legales que finalmente transformaron la sociedad inglesa en el siglo xix. Con un profundo sentido utilitario y crítico atacó las teorías del derecho natural y del contrato que se habían impuesto en el continente, y abogó por reglas de derecho que fueran verdaderas normas de acción o conducta en casos conflictivos, cuya aplicación no consiste en una mera interpretación de la ratio legis, sino en una adaptación al caso concreto que refuerce el componente histórico-político de esta ley, en la que los precedentes son tan importantes. A partir de bentham, la jurisprudencia inglesa reforzó su espíritu analítico y se interesó cada vez más por los hechos. Como señaló weber, el concepto inglés de razonable entendió desde el principio aquello que es conveniente practicar, lo que lo separó radicalmente del formalismo francés o del historicismo alemán. La importante reforma penal inglesa de 1832 lleva el sello de Bentham.
• Nacimiento del pensamiento político liberal: Locke, MONTESQUIEU Y ROUSSEAU
Durante el siglo xv, como hemos visto, en el seno de la iglesia de roma había surgido una lucha entre el papa y el concilio para definir cuál de los dos poderes sería el encargado de dirigir los asuntos eclesiásticos en el futuro. Si el concilio triunfaba, significaba que la iglesia habría dado un paso significativo en la democratización de sus estructuras, aunque éstas tuvieran un significado profundamente anárquico. Sin embargo, el triunfo final del papa, que incluso salió fortalecido en su poder, privó a roma del honor de convertirse en un modelo de gobierno democrático para el poder civil.
Pero incluso si el ejemplo de una democracia no surgiera de roma, la primera forma moderna de democracia que eventualmente afectaría el desarrollo social surgiría de la esfera religiosa. Varios escritores calvinistas teorizaron contra la represión de la libertad de conciencia por parte de ciertos monarcas europeos. El origen de la controversia radica en la persecución de las minorías religiosas protestantes — calvinistas, hugonotes — por parte de los moros.
Absoluta narcas francesa e inglesa. La m*****e de hugonotes en 1572
En la famosa “noche de san bartolomé” fue el detonante para el nacimiento de una oposición que se basaba en la teoría tiránica calvinista – y la posibilidad del rey absoluto de obligar a sus súbditos a aceptar ciertas creencias religiosas. Si el monarca actuaba de esta manera, los ciudadanos podían considerarlo un tirano y destituirlo por la fuerza si era necesario. Los imites establecidos por Calvin para tyrannicide-solamente el El rey por ciertos representantes del pueblo – estaban abrumados. Cualquier ciudadano podría tomar la decisión de poner fin a la vida del soberano
Frank gallia DE Hotman y las vindiciae contra tyrannos DE un autor anónimo, junto con DE iure belli apud scotos DE George buchanan, fueron las obras más prestigiosas DE esta literatura. El enfoque general de estas obras nace con el establecimiento de un doble pacto o contrato. La primera involucra, por un lado, a la comunidad y al gobernante, y, por otro, a dios. Ambos, comunidad y obernante, forman la iglesia, que tiene la obligación de respetar las leyes de dios. El segundo pacto es político, y de él nace la formación del estado: gobernante y pueblo llegan a un entendimiento cuando quien tiene los medios gobierna con equidad y, a cambio, el pueblo tiene la obligación de obedecerle. Pero si el gobernante no cumple, el pueblo puede romper el pacto y rebelarse contra el rey que se ha convertido en un tirano.
Las raíces teológicas y medievales de la teoría son claras. La necesidad de una doble alianza, que incluye una espiritual, muestra la falta de interés en relacionar esta posición con los principios racionalistas del mundo moderno. Su ancla
En el pasado no hay duda de que el poder del monarca está limitado por la autoridad de dios y del pueblo reunido en comunidad, que se lo dan para el cumplimiento de ciertos fines, incluido el respeto a la libertad de conciencia de los súbditos. Los límites, pues, al poder del soberano tienen raíces medievales y teológicas, no modernas. Según sabine, la cosecha no era en primer lugar una teoría de gobierno secular; Su defensa del derecho a la resistencia no fue en lo más mínimo un argumento a favor del gobierno popular y los derechos humanos. Los derechos humanos individuales no tenían lugar en ella, y su tendencia práctica era aristocrática e incluso, en cierto sentido, feudal. En consecuencia, en espíritu estaba en absoluta oposición a las doctrinas de la libertad y la igualdad que más tarde se vertieron en el molde de la teoría del contrato.
El ataque a las teorías del poder absoluto, aunque iniciado indirectamente por los monarcomaces en el siglo xvi, no adquirió todo su auténtico contenido racionalista y laico hasta que el inglés John Locke, coincidiendo con el destronamiento del último estuardo en inglés james ii después de la llamada «revolución gloriosa» (1688), hizo su exposición doctrinal política, que sirvió para confirmar definitivamente la supremacía del poder parlamentario sobre el absolutismo de los monarcas.
Estos tiempos marcan inequívocamente el triunfo económico comercial de la burguesía anglosajona en los mercados internacionales, y de la misma manera que proclaman la necesidad de mercados abiertos, sin restricciones burocráticas, quieren configurar un tipo de gobierno que proteja esta nueva mentalidad que exige la liberalización comercial. El miedo social de la era hobbesiana ha dado paso a un optimismo que es la nota característica más importante del momento
John Locke (1632-1704) representa mejor esta etapa naciente del individualismo liberal. Un destacado filósofo, el apogeo del liberalismo inglés en el siglo xvi, autor de ensayos sobre la comprensión humana, también es un notable teórico político que, al escribir sus dos tratados sobre el gobierno civil, le ha ganado el estatus de padre del liberalismo moderno. De los datos tratados, el primero es menos interesante y, hoy en día, apenas se mantiene actualizado.
Que en ella se dedicó casi exclusivamente a refutar la obra de filmer. Es en el segundo tratado que estudia las ventajas de un sistema liberal de gobierno y explica cómo funciona
La obra de Locke es la antítesis de la de Hobbes, no en su contenido doctrinal sino en la forma en que se presenta. Ambos se basan en la misma tesis legal y naturalista.
Pero difieren tanto en sus puntos de partida, con diferencias en la interpretación de esta ley natural, como en sus conclusiones. Por otra parte, la fuerza, la grandeza expositiva del autor de leviatán, contrasta con la serenidad y la calma narrativa, que el autor de los tratados raramente abandona.
Como Hobbes, Locke distingue entre un estado de naturaleza y la convivencia del hombre en la sociedad. En el primero todos los seres humanos son libres e iguales – Hobbes también lo había dicho – pero no es cierto, diría Locke, que en este estado los hombres se encuentren enredados en una situación de guerra constante. La clave es que en el estado de la naturaleza se impone la razón de los hombres, y la lógica de esta razón obliga a los seres humanos a entenderse para mejorar sus formas de vida. La “guerra de todos contra todos” es irracional, sin sentido.
El hombre en estado natural vivía bien, era libre, igual a ros aemas, eaua cra un rey en sí mismo, tenía su propiedad, la tierra que necesitaba para sobrevivir.
Entonces, ¿Por qué el hombre busca salir de este estado? En el estado natural había ciertos problemas. Lo más grave, sin duda, es la imposibilidad que resulta de tratar con los abusos de aquellos que por pasión, ambición o venganza no están dispuestos a conformarse con lo que tienen. Los hombres se ven obligados a crear un poder coercitivo para protegerlos de estos abusos, así es como entramos al estado de bienestar. Este cambio de estatus se logra mediante el consentimiento o consentimiento de los ciudadanos. Pero este cambio no significa que los hombres renuncien a las libertades de su estado de naturaleza, como decía Hobbes. Existen en el estado de la sociedad. El soberano no es el monarca absoluto, sino la comunidad, que delega este poder a sus representantes. Ni la conquista ni el paternalismo de los reyes pueden dar lugar a gobiernos legítimos; Sólo el consentimiento del pueblo puede el ciudadano dar a la sociedad la posibilidad de regular su comportamiento por medio de leyes, y otro ejecutivo para garantizar su ejecución. Un poder federativo es también esencial para mantener la situación externa — tratados, pactos, violaciones, etc. — con otras naciones. Pero todos estos poderes deben ser claramente diferenciados y, por lo tanto, deben evitarse converger en las mismas manos, aunque reconoce que en una nación el poder supremo reside en el legislativo, que es lo que hace la ley.
Ninguno de estos poderes puede ser arbitrario. El poder legislativo en manos del parlamento – así como el poder ejecutivo – en manos del monarca constitucional – debe garantizar el bien común. Los pueblos han depositado en ellos sólo la soberanía para un fin muy específico, para ser ejercido en beneficio de la comunidad; Por lo tanto, si los gobernantes, cualesquiera que sean, parlamento o rey, actúan de manera contraria al fin para el cual han recibido autoridad, el pueblo retira su confianza y recupera su soberanía, y la confía a quien considere apropiado.
En caso de incumplimiento, el derecho de insurrección del pueblo se hace necesario para despojar al gobierno del poder concedido. La libertad de los ciudadanos es tan sagrada como La Paz. Un pueblo debe estar vivo, crear,Progreso. Un pueblo que subordina todo A La Paz no es una comunidad, sino un cementerio. En la teoría del contrato de Locke, el pacto vincula tanto a los gobernantes como a los gobernados.
La modernidad de J. Locke, sin embargo, no debe ser exagerada. Cambiando las circunstancias sociales e históricas de la edad media, parece más una adaptación Desde las teorías políticas medievales hasta los nuevos tiempos, que los enfoques revolucionarios de la política moderna. Como dijo Carlyle, es lamentable que muchas personas inteligentes lo consideren una obra aislada y revolucionaria y no se den cuenta de que el segundo tratado de Locke sobre el gobierno civil es, en primer lugar, una reafirmación de las tradiciones fundamentales de Política de la edad media
A finales del siglo xvii y principios del xvii, en la francia de luis xiv, la teoría política absolutista del origen divino de los reyes alcanzó su máxima expresión. Desde el principio se apartó de la posición medieval típica de los monarcas para gobernar con el apoyo de la nobleza. Luis, un absolutista convencido, quería poner fin a cualquier oposición que limitara su poder. La nobleza se vio así privada de la dirección política del país. Evidentemente era necesario levantar un poderoso aparato burocrático, para sustituir el papel desempeñado por la nobleza en la dirección del estado, lo que, a su vez, dio lugar al fortalecimiento administrativo de una burocracia, que consciente del papel que desempeñaba, terminó constituyendo una influyente grupo social.
La reacción de la nobleza ante este cambio de actitud del monarca no tardó en llegar. Todo un aparato teórico, de estilo medieval, floreció de nuevo en el país: la nueva administración fue censurada; Recordar los derechos adquiridos por la nobleza en la dirección política del estado; La necesidad de un retorno a los estados generales que representan al gobierno de la nación. Fénelon, boisguillebert, boulanvilliers y una famosa obra DE un autor anónimo, soupirs DE la France esclave et qui aspire apr è s la liberté, son los ejemplos más significativos DE esta posición. Bajo luis xv la situación volvió a la normalidad, y el poder de los pares de francia fue restaurado. El ascenso administrativo de la burguesía se detuvo temporalmente. Los reinados de luis xv y luis xvi muestran el nuevo ascenso político de la nobleza. El absolutismo de los monarcas es impulsado por la aristocracia francesa en su propio interés. El barón DE montesquieu (1689-1855) y su libro el espíritu DE las leyes representan la exposición teórica y política DE este noble reingreso a los altos cargos directivos del estado francés, y un ataque directo al absolutismo monárquico de Luis xiv.
Hay que decir, para empezar, que montesquieu se opone al método de la ciencia política que prevalecía en el siglo xvii e incluso en su época. Hombres como Hobbes, spinoza o grocio se limitaron a analizar la esencia de la sociedad y a dar un modelo ideal y abstracto, en oposición a montesquieu que prefería partir de los hechos. Otra característica es la oposición a mezclar principios religiosos y morales con la política; De hecho, una ciencia de la política sólo puede basarse en su propio objeto, en la autonomía radical de la política como tal.